Residencia en España de los ciudadanos británicos tras el Brexit

Boris Johnson colgando de una tirolina
Así me imagino a Boris Johnson llegando a la Comisión Europea para negociar el acuerdo del Brexit

A fecha de la publicación de este artículo todavía no sabemos cómo va a terminar el Brexit, si Reino Unido va a salir de la Unión Europea con acuerdo o no. Si sale con acuerdo, se aplicará lo dispuesto en el Acuerdo de Retirada y lo que se acuerde en adelante. Para el caso de que el Parlamento Británico no apruebe dicho acuerdo (ya ha sido rechazado tres veces y no parece probable que se acuerde en el futuro tal y como está redactado), la Unión Europea y los Estados miembros están aprobando distintas medidas para minimizar el impacto en la economía y en los ciudadanos.

En este artículo voy a repasar qué es lo que ha aprobado el Gobierno español para el caso de un Brexit sin acuerdo y cómo afecta a la residencia de los ciudadanos británicos que viven en España y a sus familias.

Entrada en vigor

Estas medidas entrarán en vigor cuando se produzca la salida de Reino Unido de la Unión Europea sin acuerdo. Esta fecha está fijada para el 31 de octubre de 2019, en principio, pero todavía desconocemos si se aprobarán más prórrogas a la fecha de salida.

Por lo que respecta a la validez y aplicación de las medidas aprobadas, tenemos que distinguir dos tipos de medidas:

Tipo 1. Medidas que se aplicarán en cualquier caso, independientemente de que Reino Unido no apruebe normas similares en beneficio de los ciudadanos y empresas españolas allí residentes.

Tipo 2. Medidas que solo se aplicarán si Reino Unido aprueba una norma en reciprocidad que beneficie a ciudadanos y empresas españolas de la misma manera que las leyes españolas benefician a los británicos.

Entre el primer tipo se encuentran las medidas que establecen la situación de residencia legal de los ciudadanos británicos en España y su duración, y entre las segundas las medidas de atención sanitaria y el régimen de los trabajadores transfronterizos. Esto quiere decir que puede que algunas de las medias aprobadas por el Real Decreto queden suspendidas a pesar de haber entrado en vigor.

La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) para ciudadanos de Reino Unido y sus familias

Tras la salida de Reino Unido de la Unión Europea, este pasará a ser un estado tercero, por lo que el trato “especial” que hasta ahora han recibido los ciudadanos británicos por ser ciudadanos de la Unión Europea se acabará. Sin embargo, tampoco se les va a aplicar directamente el Régimen General de Extranjería, ya que se ha considerado que, dada la situación particular de muchos ciudadanos británicos en España, es mejor crear unas autorizaciones especiales.

Estas autorizaciones especiales son las Tarjetas de Identidad de Extranjero para nacionales de Reino Unido y sus familias. A continuación voy a responder a las dudas más comunes que se pueden plantear con respecto a esta tarjeta.

  • ¿Es obligatorio solicitarla?
    Sí, si vas a residir en España tras el Brexit.
  • ¿Quién tiene que solicitarla?
    Todos los ciudadanos británicos y sus familias, cuando estén viviendo en España desde antes del Brexit.
  • ¿Qué plazo tengo para solicitarla?
    21 meses desde la fecha del Brexit. Lo que significa que tienes hasta el 31 de julio de 2021 para solicitarla, suponiendo que no vaya a haber más prórrogas a la fecha de salida.
  • ¿Seguiré teniendo residencia legal hasta que solicite la nueva tarjeta?
    Sí, hasta el 31 de julio de 2021 tu residencia seguirá siendo legal.

Seguidamente voy a explicar los trámites a seguir para conseguir tu TIE dependiendo de cuál sea tu situación.

Nacional de Reino Unido

El papeleo a realizar variará mucho dependiendo de si vives en España con anterioridad al Brexit, o no. Has de saber que todo es mucho más fácil si tenías residencia legal con anterioridad al Brexit.

Situación de ciudadano británico con residencia/certificado de registro de ciudadano de la UE (la tarjeta verde)

En este caso se sustituirá tu certificado de registro por la nueva TIE, que será de larga duración si llevas más de 5 años en España o tu certificado de registro es permanente.

Cuando se tiene residencia/tarjeta verde temporal
Ciudadano británico que tiene residencia/tarjeta verde desde hace menos de 5 años

Que tengas tarjeta verde quiere decir que estás apuntado en el Registro Central de Extranjeros como ciudadano de la Unión y que tienes residencia legal en España. Tu residencia seguirá siendo legal, en principio, hasta el 31 de julio de 2021. Tienes hasta entonces para solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) de residencia para nacionales de Reino Unido, que sustituirá a tu tarjeta verde.

La nueva tarjeta tendrá una validez de hasta 5 años, dependiendo de cuándo obtuvieras tu tarjeta verde. Así, la tarjeta de residencia para ciudadanos de Reino Unido durará el tiempo que te falte para cumplir 5 años de residencia en España, contando a partir de la fecha de expedición de la tarjeta verde. Por ejemplo: si obtuviste tu tarjeta verde en enero de 2018, tu nueva tarjeta tendrá validez hasta enero de 2023. Una vez pasado el tiempo de validez de la tarjeta, podrás solicitar la residencia de larga duración.

Ciudadano británico que tiene residencia/tarjeta verde desde hace más de 5 años

También deberás solicitar la TIE, aunque en tu caso podrás solicitar una autorización de residencia de larga duración.

Tendrás hasta el 31 de julio de 2021 para solicitarla, tiempo durante el cual tu residencia seguirá siendo legal.

Cuando se tiene residencia/certificado de registro permanente de ciudadano de la UE

Deberás solicitar la TIE de residente de larga duración. El plazo para solicitarla será hasta el 31 de julio de 2021, si no hay más prórrogas al Brexit. Hasta ese momento tu residencia seguirá siendo legal.

Situación de ciudadano británico sin residencia/certificado de Registro de ciudadano de la UE (la tarjeta verde)

Es importante que vivas en España desde antes el Brexit y que puedas demostrarlo.

Ciudadano británico sin residencia que vive en España desde antes del Brexit
Y puede demostrarlo

Tienes hasta el 31 de julio de 2021 para solicitar autorización de residencia y trabajo y, en el caso de ser concedida, tendrás otro mes para pedir que expidan la Tarjeta de Identidad de Extranjero de nacional de Reino Unido. Hasta el 31 de julio de 2021 tu residencia en España seguirá siendo legal, pero no tendrás nada para acreditarlo. Una vez haya solicitado la autorización de residencia y trabajo, podrás acreditar tu situación legal con el resguardo de la solicitud.

La nueva tarjeta tendrá una duración de hasta 5 años, contando a partir del momento en que empezaste a vivir en España de manera acreditada. Por ejemplo: si empezaste a vivir en España en octubre de 2017 y puedes demostrarlo, tu nueva tarjeta tendrá validez hasta octubre de 2022.

Con la solicitud de tu TIE tendrás que aportar documentos que prueben que estás viviendo en España desde antes del Brexit, como el empadronamiento, el contrato de alquiler, el certificado de propiedad de una casa, etc.

Tendrás que declarar si estás estudiando o trabajando en España. Si no estás trabajando, deberás probar que tienes dinero suficiente para vivir.

La gran diferencia en este caso con los británicos que ya tienen residencia, es que a ellos se les dará la TIE directamente cuando la soliciten. Sin embargo, quienes no tienen residencia tienen que demostrar que vivían en España antes del Brexit y solicitar, como primer paso, la autorización de residencia y trabajo. En el caso de que les concedan la autorización de residencia y trabajo, entonces podrán solicitar la TIE.

Pero no puede demostrarlo

Tu situación es similar a la de los británicos que han llegado a España después del Brexit. A la hora de regularizar tu situación en España se te aplicarán las mismas leyes que si fueras ciudadano de un país totalmente ajeno a la UE.

Ciudadano británico que ha llegado a España después del Brexit

Tu situación es España es igual a la de cualquier ciudadano ajeno a la UE y se te aplicará el Régimen General de Extranjería. No hay un trámite especial para los británicos en este caso.

En general, podemos decir que tu situación en España será irregular una vez pasados 90 días desde tu entrada. Tienes que recordar que podrás permanecer en el espacio Schengen (del que España es parte) como turista hasta un máximo de 90 días en un período de 180 días.

Ciudadano de un país de fuera de la UE familiar de nacional de Reino Unido

El Gobierno ha aprobado medidas similares a las de los nacionales de Reino Unido para sus familiares que vivan en España.

Familiar no UE con tarjeta de familiar de ciudadano UE

Se sustituirá tu tarjeta por una TIE de familar de ciudadano de Reino Unido. Si llevas más de 5 años en España tendrás residencia de larga duración.

Si la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE es temporal
Familiares con tarjeta desde hace menos de 5 años

Tu residencia seguirá siendo legal hasta el 31 de julio de 2021. Durante ese tiempo tendrás que solicitar la TIE de familiar de nacional de Reino Unido.

Es importante que solicites la tarjeta una vez tu familiar británico haya regularizado su situación y obtenido su nueva tarjeta. Tu tarjeta caducará a la vez que la del ciudadano británico del que dependes.

Familiares con tarjeta desde hace más de 5 años

Puedes solicitar la autorización de residencia de larga duración. Tienes hasta el 31 de julio de 2021 para pedirla. Hasta ese momento tu situación seguirá siendo legal.

Si la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE es permanente

Deberás solicitar la TIE de residente de larga duración, que sustituirá a la tarjeta que has tenido hasta ahora. Tienes hasta el 31 de julio de 2021 para pedirla. Hasta entonces tu tarjeta permanente de familiar de ciudadano UE sigue siendo válida.

Familiar no UE que no tiene tarjeta de familiar de ciudadano UE

En este caso no te darán la tarjeta directamente. Primero, tendrás que solicitar permiso de residencia y trabajo, y después, esperar a que te la concedan. Además, es necesario que estés viviendo en España desde antes del Brexit.

Familiar sin tarjeta que vive en España desde antes del Brexit
Y puede demostrarlo

Tienes hasta el 31 de julio de 2021 para solicitar autorización de residencia y trabajo en España. Durante este tiempo tu situación seguirá siendo legal en España, pero no tendrás ningún documento para demostrarlo. Una vez hayas solicitado tu autorización de residencia y trabajo, la copia sellada de la solicitud sí que te servirá como prueba de tu situación legal.

Si te autorizan a trabajar y residir en España, tendrás el plazo de un mes para solicitar tu TIE de familiar de ciudadano de Reino Unido. Esta tarjeta caducará a la vez que la TIE del ciudadano de Reino Unido del que depende tu residencia.

Junto con la solicitud de residencia y trabajo tendrás que aportar la siguiente documentación:

  • Documentación acreditativa de que vivías en España antes del Brexit.
  • Documentación que demuestre el vínculo familiar con el ciudadano de Reino Unido del que dependes.
  • Documentos que acrediten la estancia legal del ciudadano de Reino Unido del que dependes.
  • Documentos que acrediten tu situación laboral, si estás trabajando.
  • Documentación acreditativa de que vives a cargo de tu familiar de Reino Unido, si es tu caso.

Ten en cuenta que estos documentos pueden variar en función de tu situación concreta.

Es importante que lo solicites después de que tu familiar de Reino Unido haya regularizado su situación y obtenido su nueva TIE o, por lo menos, la haya solicitado.

Pero no puede demostrarlo

Tu situación es similar a la de aquellos familiares que acaban de llegar a España. No hay ningún tratamiento especial previsto en este caso.

Familiar sin tarjeta que ha llegado a España después del Brexit

No se te pueden aplicar las medidas aprobadas por el Gobierno español, ya que estas están previstas para los británicos y familiares que estuvieran viviendo en España antes del Brexit. Se te considerará familiar de un ciudadano de un país ajeno a la UE.

Es importante destacar que estas medidas sobre residencia (los casos aquí descritos) no están sujetas a reciprocidad, y que se aplicarán independientemente de lo que acuerde Reino Unido para los ciudadanos españoles.

Hasta aquí el repaso de las situaciones que pueden darse. Mi consejo es que, si eres ciudadano británico y estás actualmente residiendo en España sin regularizar, no esperes hasta el último momento para legalizar tu situación hasta “ver qué pasa” con el Brexit; solicita tu tarjeta verde lo antes posible. Lo mismo si eres familiar de ciudadano de Reino Unido.

Espero que te haya gustado mi artículo y que sea útil para ti. Si tienes dudas o quieres que te ayude con los trámites no dudes en ponerte en contacto conmigo.

31 comentarios en “Residencia en España de los ciudadanos británicos tras el Brexit”

  1. Buenas noches

    Mi pareja es británica y tiene la tarjeta verde desde 2014 pero nunca solicito la residencia permanente. En su artículo no me queda claro si se les concede automáticamente la residencia de larga duración o no y que trámites hay que hacer o si cabe la posibilidad de una denegación por parte de la administración . Gracias por su ayuda

    1. Isabel Fernandez

      Buenas tardes Irene,

      La concesión de la residencia de larga duración no sería automática, tendría que solicitarlo y seguir el procedimiento previsto en el Régimen General de Extranjería y, sí, cabe la posibilidad de que la denieguen. En la oficina de extranjería comprobarán los antecedentes penales y que ha residido de manera continuada en España durante 5 años. Convendría que llevara pruebas de que ha estado viviendo efectivamente en España, como extractos bancarios en los que se vean las compras aquí, justificantes de cursos, etc.

      Un saludo.

  2. Buenos dias soy una citadina britania y tengo carta verde (certificado de registro de ciudadano de la UE) desde el dia 21 de enero 2020 (es decir antes Brexit) y me pregunto que tengo que hacer ahora para mantener este «status».
    Debido a mi familia tengo que viajar mucho a EE UU (mase de 185 dias por año solar – es decir mas de 185 dias entre el/desde el 1/1 hasta 31/12) asi que me pregunto si puedo seguir viviendo generalmente 8 meses en EE UU y el resto en España de todas formas. Teniendo Certificato de Registro de ciudadano de la UE (carta verde) y mi propria casa en España espero no sea un problema mi viajar ahora despues de brexit.
    Muchas gracias

    1. Buenas tardes Susan,

      De momento no tienes que hacer nada para mantener tu estatus de residente en España, todo va a seguir igual hasta el 31 de diciembre de 2020. El Gobierno de España está trabajando en crear una nueva tarjeta (TIE) para los ciudadanos británicos que estaban viviendo en España antes del Brexit, pero no la tendrán lista hasta dentro de un par de meses. Cuando esta tarjeta esté lista podrás solicitarla. Como tienes carta verde desde antes del Brexit tus derechos están protegidos por el acuerdo de retirada. Las estancias que mencionas en EEUU podrían afectar a tu derecho a obtener residencia permanente. (que se concede por la estancia en España por más de 5 años, pero la continuidad se interrumpe si estás fuera de España más de 6 meses en un año, como es tu caso). Si necesitas ayuda con tus trámites o quieres una consulta más completa no dudes en ponerte en contacto conmigo.

      Un saludo.

      Un saludo

  3. Isabel Fernandez

    Hola Albert.

    Que tu pareja tenga Tarjeta Sanitaria Europea no es garantía de que vaya a tener derecho a asistencia sanitaria gratuita después del 31/12/2020. Que los británicos tengan ese derecho o no dependerá del acuerdo al que llegue Reino Unido con la Unión Europea (o con cada país separadamente) en las negociaciones que están teniendo antes del 2021.

    Un saludo.

  4. Yo he obtenido la residencia para España en 2018 para 5 años hasta 2023 antes del brexit por haber vivido 4 años en España. Pero desde 2019 vivo en Inglaterra y no he vuelto en España. Piensa que se ha caducado mi residencia? Si quiero volver a trabajar en España, que me faltaría?

    1. Hola Kate. Por haber estado más de 6 meses fuera de España en teoría has perdido tu residencia. De todas formas, si tu tarjeta de residencia es una de cartón verde podrás canjearla en 2023 por una de residencia permanente para ciudadanos de Reino Unido probablemente sin que comprueben el tiempo que has estado fuera. Puedes trabajar con tu tarjeta verde sin problemas. Si no tienes la tarjeta verde pero tienes una TIE, puedes venir a España a trabajar, lo único es que podrías tener problemas para renovar en 2023, entonces tendrías que pedir un visado de residencia y trabajo en el consulado de España en Reino Unido.

      1. Hola buenas tardes,
        Mi pareja es británico tiene una hoja en blanco con el número de NIE que le dieron en el 2017 para poder abrí la cuenta y poder entrar y salir sin problema según la policía. Lleva empadronado 5 años y hemos intentado canjear ese documento por la residencia ósea por una tarjeta de residencia y no papel. Ha rellenado el documento ES-17 y Es-23 más el 790 para pagar las tasas y llevamos foto y pasaporte en vigencia como se nos indicó en la página web pero la policía dice que falta una autorización pero no dicen que tipo de documento, ni dónde podemos informarnos.
        Puedes informarme que documento previo es.
        Gracias

        1. Hola Martha. Tu pareja no puede cambiar su documento blanco de número de NIE por una tarjeta de residencia del acuerdo de retirada directamente. Tendrá que solicitar el permiso de residencia primero (a estas alturas seguramente no va a ser fácil conseguirlo) y cuando la tenga solicitar la tarjeta de identificación. Puedes leer más información en este enlace: https://www.inclusion.gob.es/documents/20121/1013077/GUIA-BREXIT-ES.pdf/5b3b2a3e-3f5f-7303-8327-cb2c21988ebe?t=1653051428372

  5. Buenas noches. Quiero hacer una consulta yo soy jubilada en España, Me han dicho que si yo tengo residencia en el Reyno Unido, puedo perder mi jubilación en España por tener residencia en el Reyno Unido aunque no vivo permanentemente allí , solo voy a ver a mi hija cada cuatro o cinco meses.
    Sera’ que puedo renunciar a mi residencia en Londres?
    Por favor responderme .
    Gracias

    1. Hola Norma. No pueden quitarte tu pensión por el mero hecho de tener residencia en otro país. Los pensionistas que viven en el extranjero tienen que presentar a principios de cada año una fe de vida ante la Seguridad Social y, si no la presentan, pueden perder la pensión. Mencionas que no vives permanentemente en Reino Unido a pesar de tener permiso de residencia pero vas allí a menudo. Como tienes residencia legal en Reino Unido yo te recomendaría presentar la fe de vida cada año ya que puede interpreatarse que sí vives allí por lo menos la mayor parte del año. De todas formas te aconsejo que contactes con la Seguridad Social y que te confirmen si estás obligada a presentar la fe de vida conforme a sus registros.

  6. Buenas tardes, tengo una consulta, mi compañero ,un ciudadano britanico ha estado viviendo en España varios años en casa de sus padres que son britanicos retirados y viven alli mas de 20 años, él tiene un numero de NIE hace varios años, y está empadronado alli en casa de sus padres, pero por trabajo fue unos meses al Reino Unido, ahora ha vuelto a España pero por movitos de salud y por tener su madre dependiente, no ha podido regularizar su situacion y lleva mas de 90 dias en España, el quiere ahora regularizar su situación, mi pregunta es, cual seria la consecuencia de no haberlo hecho antes de los 90 dias, y si el tener un numero de NIE, la hoja blanca ahora, le valdria para solicitar algun permiso como el TIE? Cual es el caso de un britanico con NIE para regularizar su situacion de residencia en España? Muchas gracias.

    1. Hola Tania. Si el ciudadano británico es tu pareja y tú eres española, podríais regularizar su situación haciéndoos pareja de hecho. Desconozco si tu compañero ha estado viviendo en España desde antes del final de 2020, si es así, podría regularizar su situación a través del convenio de retirada del Brexit, pero habría que ver su situación. Otra opción posible sería el arraigo. El NIE blanco no sirve de nada a efectos de residencia, no le da ningún tipo de derecho. En cuanto a las consecuencias de sobrepasar los 90 días de estancia: Aparte de estar irregular en territorio español, podrían enfrentarse a una orden de expulsión en el peor de los casos. No puedo darte una respuesta mejor sin conocer mejor la situación. Podríamos tener una consulta para hablar de la situación. Si te interesa conocer más sobre mi servicio de consultar o concertar una cita, puedes escribirme a info@granadaimmigration.com.

  7. Buenos días. Soy ciudadano británico , llevo viviendo en España desde el 94 , salgo y entro a España por mi trabajo. Imparto cursos y doy conferencias en el estranjero . En 2019 fui a China y me pilló el covi , me quedé bloqueada hasta septiembre del 2022 q pude salir y regresar a España, donde actualmente está mi casa y vivo. Tengo el permiso permanente de residencia.
    Me gustaría si me podrían ayudar en lo q debo de hacer para poder regularizar mi situación después del brexi y poderme quedar en España.
    Cordial saludo
    Margaret

    1. Hola Matthew. Desconozco tu nacionalidad y si el sello te lo ponen al salir de España o al entrar a Reino Unido. Si eres británico con residencia en España, no deberían sellartelo en teoría. Si eres español, al entrar en Reino Unido deberían ponerte un sello (en controles personales) o un registro electrónico usando las egates.

  8. Muy buenas, llevo viviendo en España desde 2007, y trabajando con NIE, número de la seguridad social y Padrón desde 2009.
    Soy británico-australiano, y mi NIE está registrado con pasaporte británico. He hecho los exámenes A2 y B1 de la EOI, y las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

    Recientemente he tenido que salir de España para viajar y al entrar de nuevo, inmigración me ha sellado el pasaporte y me ha dicho que mi NIE no es válido. Tengo un viejo NIE de papel A4 verde de 2009, y no hay fecha de caducidad ni nada que diga que es temporal o permanente.
    ¿Esto significa que tengo 3 meses de estancia en la UE?
    ¿Cómo puedo saber si mi NIE es permanente o temporal si no dice nada? (es el formato antiguo, no es una tarjeta).

    La policía del aeropuerto me ha dicho que con este documento no puedo solicitar el TIE ni la nacionalidad, ¿es correcto?

    1. Isabel Fernandez

      Hola Rebecca. Me comentas que tienes un «NIE» A4 de color verde. Es bastante probable que siendo así tengas un certificado de registro de ciudadano de la UE de los antiguos, que será temporal si nunca lo has renovado por uno permanente. Eso significaría que tienes residencia legal en España y podrías solicitar la TIE (probablemente permanente) y la nacionalidad si cumples los requisitos. Te aconsejo que actualices tu NIE verde por una TIE para británicos. Si necesitas ayuda con el trámite, puedes ponerte en contacto conmigo en info@granadaimmigration.com

  9. Buenos días, mi pareja británica está viviendo y trabajando en España desde 2021 y empadronada desde 2020, tras varias visitas a Extranjería ( Cuenca ), solo le han dado un NIE y entiendo que un permiso de trabajo complementario…
    En la propia oficina no tienen mucha idea de que es lo que necesita para estar 100% legal aquí en España y no llevarnos sustos en el futuro …
    Por favor podrías guiarnos en como proceder en este caso?
    Muchas gracias!

    1. Hola José Carlos. Si tu pareja ha empezado a vivir y trabajar en España desde 2021 en principio no puede acogerse al acuerdo de retirada y recibirá el mismo tratamiento que cualquier ciudadano extra comunitario. Esto significa que si todavía no tiene permiso de residencia tendría que volver a Reino Unido a pedir un visado o, si eres europeo, solicitar residencia a través de ti. De todas formas me faltan muchos datos para saber en qué situación está tu pareja y qué se puede hacer. Si quieres, puedes reservar una consulta conmigo en este enlace y hablamos de la situación de tu pareja con más detalle: https://granadaimmigration.com/es/consulta-general/

  10. Hola Isabel,

    Gracias por tu artículo. Mi marido es canadiense-británico. Él tiene la tarjeta verde Certificado de registro de ciudadano de la Unión expedida en noviembre de 2018, no pone fecha de caducidad y es de papel pero por lo que he leído es temporal y dura 5 años? Nos vinimos a vivir a Canadá pero nos gustaría volver a vivir en España y me pregunto si es posible canjearla por el TIE sin tener que demostrar que ha vivido en España todo el tiempo y, si es necesario cambiarla antes de que pasen los cinco años por la caducidad o se puede hacer pasados los cinco años, después de noviembre de este año, y pedir ya el TIE permanente. Además, se puede hacer ese trámite sin necesidad de desplazarse a España? Y si es necesario, se puede hacer en la comisaría de donde queremos vivir o tiene que ser en la provincia que figura en la tarjeta verde, donde residíamos cuando se la sacó? Por evitar que pidan empadronamiento en nueva provincia/ciudad.

    Muchas gracias

    1. Hola Tania. Tu marido puede solicitar la TIE para británicos ya, no le van a pedir pruebas de haber estado en España. Si espera a noviembre le darían una TIE permanente directamente, si hace el canje ahora, podría solicitar la permanente en noviembre igualmente. Si no queréis tener que aportar certificado de empadronamiento, tendréis que hacer el trámite en la provincia de la dirección de su tarjeta de registro usando la misma dirección. Es necesario venir a la comisaría para poder hacerlo. Si necesitáis ayuda con el trámite, podéis poneros en contacto conmigo en info@granadaimmigration.com.

  11. Buenas tardes, tengo la tarjeta verde desde el 2018 y he estado viviendo en España. Ahora, he pedido una ayuda de alquiler y me dicen que no es válida la tarjeta verde y que debí cambiarla y se pasó el plazo. Me dan 10 días para presentar una tarjeta de residencia válida y en la oficina de extranjería no me dan cita hasta el 13 de octubre
    Me pueden decir qué debo hacer?

    1. Hola Tony. La tarjeta verde debería ser válida, aunque parece ser que en muchos sitios no lo saben. Todavía estás a tiempo de cambiar tu tarjeta verde por una TIE del acuerdo de retirada, incluso dependiendo de la fecha en la que te sacaste la tarjeta verde podrías recibir una tarjeta de residencia permanente ahora. Con respecto a las fechas de las citas de extranjería, no hay nada que se pueda hacer.

  12. Hola muy buenas, podría tal vez ayudarme con una duda? Soy de nacionalidad británica. Llevo viviendo en España desde el 2017 y en el 2022 conseguí la tarjeta de residencia que es valida hasta el 2027… Tengo claro que soy residente extra-comunitario no? Osea no soy europeo desde el brexit pero si tengo permiso para vivir y trabajar aquí. Mi pregunta es: puedo hacerme pareja de hecho para regularizar a mi pareja? Lleva 7 años irregular en España y es de nacionalidad Nueva Zelandesa.. queremos vivir y trabajar juntos en España pero al no ser yo español no se si podemos hacer pareja de hecho? que otras avenidas habría? de momento disponemos solo de mi NIE, Tarjeta de residencia, y el pasaporte de cada uno.. Muchas gracias!

    1. Hola Tao. Podéis haceros pareja de hecho, pero eso no le va a dar residencia a tu pareja en los mismos términos que si fueras ciudadano de la UE. Tu pareja tendría que volver a Nueva Zelanda y solicitar reagrupación en el consulado, familiar o arraigo social desde España.

  13. Hola soy británica llevo 35 años en España tengo nie pero como el Reino Unido no esta en la comunidad europea que tarjeta tengo que solicitar. Y cual es la tasa?

    1. Isabel Fernandez

      Hola Nicole. Entiendo que con «NIE» te refieres al denominado «NIE blanco» y no al certificado de registro de la UE de color verde, es decir, que nunca has tenido una tarjeta de residencia en España (hay confusión con estos términos). En este caso tienes que presetar una solicitud a la Oficina de Extranjería de permiso de residencia para ciudadanos británicos de conformidad con el Acuerdo de retirada. La tasa es de 12€. Tendrás que demostrar que has cumplido los requisitos para obtener la residencia durante el tiempo que has estado en España antes del Brexit, no solo desde 2020. A estas alturas es posible que la Oficina de Extranjería se ponga un poco dura con los requisitos. Puedes encontrar más información aquí: https://www.inclusion.gob.es/documents/20121/1013077/GUIA-BREXIT-ES.pdf/5b3b2a3e-3f5f-7303-8327-cb2c21988ebe?t=1653051428372

  14. Hola Isabel, muchas gracias por tu artículo y tus respuestas, a ver si me puedes ayudar. Tengo un amigo británico que vivió en España de 1998-2008 y luego en el 2013. Él tenía su Certificado de Registro de de Ciudadano de la Union Europea, del 2011, donde se indica que es residente comunitario permanente en España desde el 2000. No pone caducidad.
    Por motivos personales y laborales, lleva fuera de España varios años, los cinco últimos en Israel. Se vuelve la semana que viene y le gustaría poder quedarse en España. Nos gustaría saber si es posible que pudiera canjear (como he visto en otros comentarios) este certificado directamente para que pueda solicitar su TIE, si le van a pedir pruebas de residencia en España y si tendría que realizarlo en la provincia donde tiene el certificado.
    Muchas gracias por tu ayuda de verdad.
    Un saludo,
    Ana

    1. Isabel Fernandez

      Hola Ana. Muchas gracias por tus palabras. Salvo que la Oficina de Extranjería (Sección Policía) haya cambiado su forma de proceder, están haciendo canjes de tarjeta de certificado de registro de ciudadanos británicos por la TIE de conformidad con el Acuerdo de retirada sin comprobar las ausencias. Si tu amigo tiene éxito al solicitar el canje, recibirá la una TIE permanente. Tendrá que realizar el trámite en la provincia donde tiene domicilio ahora y, si este domicilio es distinto al que aparece en el certificado de registro, acreditar el cambio con un certificado de empadronamiento en el nuevo domicilio que tendrá que aportar en el momento de solicitud de canje por la TIE.

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